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Ayudas
para facilitar la integración laboral de los emigrantes retornados
Objeto
Facilitar
la integración laboral como trabajadores autónomos,
o en trabajo asociado, de los españoles retornados.
Beneficiarios
Trabajadores
españoles retornados que deseen establecerse como autónomos
o participar como socios en Sociedades, Cooperativas, Sociedades
Anónimas Laborales o Comunidades de Bienes.
Cuantía
Será
variable, según las circunstancias, y con el límite
máximo que en cada momento se determine.
Requisitos
- Acreditar
haber trabajado, al menos, doce meses en el exterior durante el
último periodo de emigración y estar inscrito en el
INEM como demandante de empleo en la fecha de presentación
de solicitud de la ayuda, o haberse encontrado en esta situación
dentro de los seis meses anteriores a la solicitud.
- No haber desarrollado una actividad por cuenta ajena de duración
superior a doce meses continuados desde la fecha del retorno.
- No haber percibido, antes de la solicitud de la ayuda, prestación
de desempleo de nivel contributivo durante un periodo superior a
cuatro meses si ésta se ha generado en su totalidad por trabajo
efectuado después del retorno.
- Que no hayan transcurrido dos años desde la fecha del retorno.
Solicitud
Se
pueden solicitar durante todo el año en las Direcciones Provinciales
de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales.
Pago
de la ayuda
Se
realizará a través de la Dirección Provincial
de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales donde se haya presentado
la solicitud.
Legislación:
Orden de 30 de diciembre de 1997 (BOE de 29 de enero de 1998).
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- Si tienes alguna pregunta envie su mensaje al dpto de Consultas
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