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Ayudas para facilitar la integración laboral de los emigrantes retornados

Objeto

Facilitar la integración laboral como trabajadores autónomos, o en trabajo asociado, de los españoles retornados.

Beneficiarios

Trabajadores españoles retornados que deseen establecerse como autónomos o participar como socios en Sociedades, Cooperativas, Sociedades Anónimas Laborales o Comunidades de Bienes.

Cuantía

Será variable, según las circunstancias, y con el límite máximo que en cada momento se determine.

Requisitos

- Acreditar haber trabajado, al menos, doce meses en el exterior durante el último periodo de emigración y estar inscrito en el INEM como demandante de empleo en la fecha de presentación de solicitud de la ayuda, o haberse encontrado en esta situación dentro de los seis meses anteriores a la solicitud.
- No haber desarrollado una actividad por cuenta ajena de duración superior a doce meses continuados desde la fecha del retorno.
- No haber percibido, antes de la solicitud de la ayuda, prestación de desempleo de nivel contributivo durante un periodo superior a cuatro meses si ésta se ha generado en su totalidad por trabajo efectuado después del retorno.
- Que no hayan transcurrido dos años desde la fecha del retorno.

Solicitud

Se pueden solicitar durante todo el año en las Direcciones Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales.

Pago de la ayuda

Se realizará a través de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales donde se haya presentado la solicitud.

Legislación: Orden de 30 de diciembre de 1997 (BOE de 29 de enero de 1998).

- - Si tienes alguna pregunta envie su mensaje al dpto de Consultas

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