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:: AYUDAS AL EMIGRANTE ::

Ayudas asistenciales ordinarias para emigrantes incapacitados para el trabajo residentes en Iberoámerica y Marruecos

1.- OBJETIVO:

Subvenir necesidades básicas de los emigrantes incapacitados permanentes para el trabajo que se hallen en situación de precariedad económica.

2.- BENEFICIARIOS/SOLICITANTES:

· Ostentar la nacionalidad española.

· Residir legalmente en países de Iberoamérica o en Marruecos.

· Ser mayor de 18 años y menor de 65 años de edad.

· Encontrarse en una situación de incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajo.

· Carecer de rentas o ingresos.

3.- CUANTIA:

La base del calculo de la ayuda será la cuantía fijada por resolucion de la Direccion General de Orientacion de las Migraciones para el país de residencia del beneficiario.

4.- DOCUMENTACION A PRESENTAR:

· Copia compulsada del pasaporte en vigor.

· Certificación expedida por el consulado en la que conste la inscripción en el Registro de matrícula y el domicilio del solicitante.

· Copia compulsada del libro de familia.

· Documentación acreditativa de los ingresos, rentas o pensiones percibidos por el solicitante.

· Informe médico expedido que acredite las dolencias que padece el solicitante y su grado de incapacidad.

5.- PLAZO DE DOCUMENTACION Y LUGAR:

· Se presentarán durante todo el año en cualquier oficina, registro o agregaduria laboral, así como en los Consulados y Secciones consulares de las Embajadas de España acreditadas en el país en que resida el benficiario.

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